El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) continúa siendo en 2026 uno de los regímenes fiscales más convenientes para millones de personas físicas en México. Si eres trabajador independiente, comerciante, arrendador o emprendedor, esta guía te explica todo lo que necesitas saber para cumplir correctamente con el SAT.
🧑💼 ¿Quiénes pueden tributar en RESICO?
Con fundamento en los Artículos 113-E al 113-J de la Ley del ISR, pueden tributar en este régimen las personas físicas que realicen las siguientes actividades:
🧾 Actividades permitidas:
- 🧑🔧 Actividades empresariales — comercio, manufactura, servicios
- 👩💻 Servicios profesionales (honorarios) — médicos, abogados, contadores, etc.
- 🏠 Arrendamiento de bienes inmuebles — rentar casas, locales o terrenos
- 🛒 Actividades comerciales — compra-venta de bienes
- 🌐 Actividades mediante plataformas digitales — Uber, Airbnb, MercadoLibre, etc.
💰 Tasas de ISR en RESICO 2026
El ISR se calcula sobre los ingresos efectivamente cobrados, sin deducciones. Las tasas son progresivas y muy bajas comparadas con otros regímenes:
| Ingresos mensuales | Tasa ISR | Ejemplo ISR |
|---|---|---|
| Hasta $25,000 | 1.0% | Máx. $250 |
| $25,001 – $50,000 | 1.1% | Máx. $550 |
| $50,001 – $83,333 | 1.5% | Máx. $1,250 |
| $83,334 – $208,333 | 2.0% | Máx. $4,167 |
| $208,334 – $291,667 ($3.5M/año) | 2.5% | Máx. $7,292 |
📑 Obligaciones fiscales en RESICO
Aunque es un régimen simplificado, tienes obligaciones que debes cumplir puntualmente:
🧾 1. Emitir CFDI
- Por todos los ingresos que cobres, sin excepción
- Usar el CFDI 4.0 actualizado con los datos correctos del cliente
- Timbrar inmediatamente al cobrar
💻 2. Presentar declaraciones mensuales
- ISR mensual (provisional)
- Fecha límite: día 17 del mes siguiente
- Se puede pagar directamente en el portal del SAT
📊 3. Declaración anual
- Personas físicas: durante abril del año siguiente
- El SAT precarga información, pero debes revisar y confirmar
🏦 4. Mantener e.firma y Buzón Tributario activo
- e.firma vigente (renovar cada 4 años)
- Buzón Tributario con correo válido y activo
🚫 ¿Quiénes NO pueden tributar en RESICO?
No pueden estar en este régimen quienes:
- ❌ Sean socios o accionistas de personas morales
- ❌ Sean residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México
- ❌ Obtengan ingresos mayores a $3.5 millones anuales
- ❌ Tributen en regímenes especiales incompatibles (AGAPES, coordinados, etc.)
🔄 ¿Cuándo se pierde el RESICO?
- ⚠️ Se exceden los $3,500,000 de ingresos anuales
- ⚠️ No se presentan 3 declaraciones mensuales consecutivas
- ⚠️ No se cuenta con firma electrónica activa
- ⚠️ Se detectan inconsistencias fiscales graves
🧾 IVA en RESICO
El IVA no cambia por estar en RESICO. Las obligaciones de IVA son independientes:
- 💠 Cobrar IVA al 16% (si aplica a tu actividad)
- 💠 Presentar declaración mensual de IVA (DIOT incluida)
- 💠 Acreditar el IVA de tus gastos deducibles para compensar
⚖️ Ventajas y Desventajas del RESICO
✅ Ventajas
❌ Desventajas
✅ Ejemplo práctico
Veamos cómo funciona en la práctica para una persona que gana $30,000 mensuales:
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Más de 15 años de experiencia en contabilidad, fiscal y nómina. Especialista en PyMEs y personas físicas en el pais. Atiende de forma presencial y en línea a clientes de toda la República Mexicana.